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BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 14 de febrero de 2020
UCS/34

 

Tribunal rechazó pedido de recusación planteado por la defensa de Rafael Correa

El Tribunal integrado por los jueces nacionales David Jacho, Dilza Muñoz y Wilman Terán rechazó la demanda de recusación planteada por Fausto Jarrín, abogado defensor del expresidente Rafael Correa, uno de los 21 acusados de haber cometido el presunto delito de cohecho en el caso Sobornos 2012-2016.
 
La resolución establece que no se determinó la causal de recusación, que el accionante (Jarrín) confundió las causales del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), así como las figuras legales de competencia con las causales de recusación y que los argumentos no motivan la pérdida de competencia de los jueces penales Iván León, Iván Saquicela y Marco Rodríguez.
 
La primera intervención estuvo a cargo de la doctora Gina Gómez de la Torre, defensora de los magistrados León, Saquicela y Rodríguez. De esa manera se desvirtuaron los puntos de la demanda de recusación presentada por parte de la defensa del expresidente Rafael Correa.
 
Uno de los puntos que rebatió la abogada defensora de los jueces fue que, al ser este caso un posible delito penal, no debió acogerse al art. 22 del COGEP sino las normas del COIP. También dijo que sus defendidos no tienen intereses personales en el proceso ya sea por negocios o familiares, tampoco tienen un negocio particular referente a esta causa.
 
Según Gómez, el accionante (Jarrín) solo se limitó en decir que el expediente es su prueba. A su criterio, los jueces cumplen sus funciones de acuerdo al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Indicó que no se verificó la causal de recusación del accionante. Entre esas y otras razones, Gómez pidió que el Tribunal deseche la demanda de acuerdo art. 164 del COFJ.
 
El juez Ivan Saquicela ejerció su propia defensa y dio contestación al pedido de recusación. Alegó que la demanda no la hizo el expresidente Rafael Correa sino su abogado, el doctor Jarrín. Aquello, a su criterio, es importante porque en derecho se conoce como legitimidad en la causa.
Jarrín, por su parte, se ciñó a lo escrito en su demanda y solicitó el control convencional de inamovilidad de los jueces para los procesos, refiriéndose a la designación de jueces temporales.
 
El Tribunal, luego de escuchar a las partes procesales, suspendió la audiencia para deliberar sobre el pedido de recusación. Luego del receso, el Tribunal rechazó la demanda de recusación interpuesta por la defensa técnica del expresidente Rafael Correa.

 

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